¿Hasta cuándo tendremos que esperar...
para que haya una cierta unificación de criterios entre los jueces que tienen que entender sobre el caso de la venta de productos híbridos, complejos, oscuros, de riesgo, presuntamente fraudulentos, usados como paracaídas por cajas de ahorros quebradas o al borde de la bancarrota? ¿Por qué para unos jueces es tan obvio que hubo mala praxis, incluso en el caso que reproducimos aquí debajo? ¿Y por qué para otros es tan difícil de ver algo tan evidente y tratan a los demandantes como sospechosos por el simple hecho de haber buscado una remuneración para sus ahorros mejor que la habitual, ofrecida por la caja con la que habían operado durante tantos años, por el empleado en quien se confiaba?
Tomen buena nota los abogados de los demandantes y consigan los testimonios convenientes de los empleados que vendieron esos productos tóxicos. Estoy seguro de que, aparte del señor Evaristo del Canto, del señor Llamas, de Julio Fermoso, Lucas Hernández y otros pocos, a los que, sin duda, sí se les pasaba por la cabeza que a nuestras cajas les quedaban dos telediarios, todos esos empleados responderían lo mismo que el de la oficina de Telde.
No hay comentarios:
Publicar un comentario