El juez traslada a la Fiscalía un contrato de preferentes por supuesta estafa
«En
su nombre y sin su consentimiento». Así suscribió un contrato de
preferentes la antigua Caja Duero con una anciana de 84 años, según
establece en los hechos probados una sentencia del juzgado número cinco
de Ponferrada que anula un nuevo contrato de participaciones
preferentes. Pero en este caso no es una sentencia más, porque que el
propio juez ha puesto el caso en conocimiento de la Fiscalía después de
apreciar «con meridiana claridad que se ha producido una usurpación del
estado civil, estafa o delito similar».
El magistrado Candal Jarrín, además de a condenar a la antigua Caja Duero —hoy integrada en el Banco Ceiss— a reintegrar la cantidad usada de la cuenta de la anciana porque no dio su consentimiento al contrato de participaciones preferentes, abre la vía a un procedimiento penal contra la entidad «por cuanto no consta la firma de la actora ni se ha probado de otro modo el consentimiento de la misma», afirma la sentencia difundida ayer por el despacho de abogados Irago Legal.
Usurpación
El fallo judicial da por probado que «ha habido una usurpación de la identidad de la actora, pues se ha realizado un negocio jurídico en su nombre y sin su consentimiento». Y «ninguno de los documentos aportados a la causa están firmados por la actora», desde una orden de suscripción de 290 participaciones preferentes, hasta el test de conveniencia Mifid que establece la idoneidad y el conocimiento del cliente del producto financiero. «La consecuencia de todo ello es que la actora no otorgó consentimiento, ni existía causa, es más, la actora ni se enteró (de) que se había suscrito un producto financiero a su nombre, por lo que el producto ni existió», concluye el juez.
Fuente: Diario de León
El magistrado Candal Jarrín, además de a condenar a la antigua Caja Duero —hoy integrada en el Banco Ceiss— a reintegrar la cantidad usada de la cuenta de la anciana porque no dio su consentimiento al contrato de participaciones preferentes, abre la vía a un procedimiento penal contra la entidad «por cuanto no consta la firma de la actora ni se ha probado de otro modo el consentimiento de la misma», afirma la sentencia difundida ayer por el despacho de abogados Irago Legal.
Usurpación
El fallo judicial da por probado que «ha habido una usurpación de la identidad de la actora, pues se ha realizado un negocio jurídico en su nombre y sin su consentimiento». Y «ninguno de los documentos aportados a la causa están firmados por la actora», desde una orden de suscripción de 290 participaciones preferentes, hasta el test de conveniencia Mifid que establece la idoneidad y el conocimiento del cliente del producto financiero. «La consecuencia de todo ello es que la actora no otorgó consentimiento, ni existía causa, es más, la actora ni se enteró (de) que se había suscrito un producto financiero a su nombre, por lo que el producto ni existió», concluye el juez.
Fuente: Diario de León
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