sábado, 21 de diciembre de 2013

NECOCOS, PECOCOS, ¡MENUDO COME-COCOS!

...Los notarios son un cuerpo de elevada profesionalidad orgullosos del ejercicio de sus funciones. En su condición de funcionarios públicos y derivado de su deber genérico de control de legalidad de los actos y negocios que autorizan, los notarios denegarán la autorización cuando el mismo no cumpla lo previsto en la normativa del mercado de valores y la legalidad vigente, a tenor de lo dispuesto en el art. 30 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
Le basta al notario con hacer dos preguntas para saber si es o no cierto que el cliente comprende los riesgos de los productos ofrecidos en el canje.
- ¿Qué entiende usted por NeCoCos?
- ¿Qué entiende usted por PeCoCos?

Si el cliente no sabe lo que contrata ni comprende sus riesgos el deber del notario es advertir al cliente esta circunstancia haciendo constar en acta este hecho. De este modo, el cliente, forzado a renunciar a sus derechos ante notario para mantener la expectativa de la revisión de su caso, siempre tendrá abierta la vía judicial.


Los notarios más celosos, en cumplimiento de la legalidad (art. 79 bis LMV), exigirán, para incorporar al acta de manifestaciones, el correspondiente test de conveniencia, en el que conste que evaluado el cliente, atendiendo a sus conocimientos y experiencia los NeCoCos y PeCoCos son convenientes a su perfil.

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