martes, 25 de febrero de 2014

JUECES JUICIOSOS


Los jueces tratan de evitar fallos contradictorios en los recursos sobre preferentes

Los magistrados de las audiencias gallegas han unificado sus criterios con el fin de que las sentencias lleven la misma línea






Son miles los afectados por la comercialización de productos financieros como las participaciones preferentes y la deuda subordinada, sin saber exactamente dónde estaba su dinero y en qué invertían. La justicia ha intervenido en muchos de los casos, casi siempre a favor de los particulares. Ante un eventual aluvión de recursos de apelación, presidentes y magistrados de las audiencias provinciales de Galicia han hecho causa común para evitar que ante casos similares haya sentencias contradictorias en forma o fin.
En el caso concreto de Ourense, la Audiencia Provincial aún no ha dictado fallo alguno, pero el escenario está bien definido. Presidentes y magistrados gallegos han hecho una puesta en común y redactado unas conclusiones que, sobre el papel, evitarán desajustes, entre otros aspectos, a la hora de fijar las costas. Y aunque los acuerdos tomados en unas jornadas de trabajo no tienen carácter vinculante, es previsible que las resoluciones se ajusten a esos principios generales.
El hecho de que todavía no haya una resolución firme mantiene la incertidumbre entre el colectivo de afectados y los despachos de abogados que han dirigido estos pleitos. Uno de los puntos más controvertido está, precisamente, en el de las tasas. Los magistrados han dicho en sus conclusiones que a estos efectos se tendrá en cuenta el interés económico real del procedimiento. Significa esto, a modo de ejemplo, que si un cliente con 10.000 en preferentes reclama judicialmente la recuperación del total de su dinero y no solo los 7.700 que le reconoció y ya abonó el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria), las costas del pleito -que, si se confirma la tendencia, se cargarían a NCG o a Bankia, entidades más afectadas en Ourense- el cálculo se harían únicamente sobre 2.300 euros.
Los magistrados de las salas de lo civil de Galicia muestran una doble vía para la restitución de prestaciones. Un recálculo: el perjudicado devolverá los intereses percibidos y, por otro, la entidadse hace cargo del total con el interés legal del dinero.
Consideran los magistrados que se debe aplicar la normativa sobre derechos de consumidores y usuarios y, en este sentido, la vulneración del derecho a la información justifica la nulidad de los contratos. En esta misma línea, los actos ejecutados a instancia de las entidades mientras persista la situación de error, con soluciones parciales, no se consideran actos propios o de confirmación.

Fuente: La Voz de Galicia

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